3 ene 2011

Plan Renove Ventanas en la Comunidad Valenciana

El 24 de diciembre de 2010, se publico en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV), la resolución de fecha 9 del mismo mes, por la cual el presidente de la Agencia Valenciana de Energía (AVEN), convocaba las ayudas del PLAN RENOVE DE VENTANAS 2010. Con un montante total de ayudas que asciende a la cantidad de 1.200.000€, dicho importe esta destinado para la rehabilitación térmica de huecos en viviendas.

Según sigue diciendo el DOCV, "el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, tiene como objetivos mejorar la calidad de la edificación y promover la sostenibilidad. En su exigencia básica HE 1-Limitación de la demanda energética impone además restricciones a la demanda energética máxima de un edificio necesaria para alcanzar el bienestar térmico en función del clima y de su uso. A este respecto y para las zonas climáticas de la Comunitat Valenciana, se exige que en muchos casos los huecos acristalados presenten valores de transmitancia térmica sólo alcanzables con cristales como mínimo dobles y/o con carpinterías de PVC, madera o metálicas con rotura de puente térmico.
La rehabilitación de los huecos mediante la instalación de estos vidrios y marcos supone una de las acciones más eficaces para la mejora de la eficiencia energética de un edificio. No obstante, estas actuaciones suponen un sobrecoste que varía según las prestaciones energéticas de los vidrios y marcos. Una rehabilitación térmica supone una reducción del consumo energético total del edificio de entre un 3% y un 10% anual y por tanto es menor la factura energética asociada a calefacción y refrigeración que tendrá que pagar el consumidor. Así, en los casos analizados, el ahorro energético obtenido permite al comprador recuperar, en parte, el sobreprecio pagado."

Cual es el objeto de estas ayudas y a quienes va destinado?

Tal y como nos indica el DOCV, "el objeto de esta resolución es convocar las ayudas de la Agencia Valenciana de la Energía, en el marco del Plan Renove de Ventanas 2010 de la Comunitat Valenciana, destinadas a la rehabilitación térmica de huecos (acristalamiento, marco y premarco) en viviendas habituales o en zonas comunes de los edificios de viviendas de la Comunitat Valenciana, tal y como se describe en el artículo 4 y de acuerdo al convenio de colaboración de la Agencia Valenciana de la Energía con el Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía, firmado el 28 de marzo de 2008.

Se consideran beneficiarios de las ayudas todas las comunidades de propietarios de edificios de viviendas y las personas físicas propietarias, usufructurarias o arrendatarias de viviendas o edificios de viviendas de la Comunitat Valenciana."

Por lo tanto, estas ayudas se pueden solicitar tanto por particulares como por comunidades de propietarios para la rehabilitación térmica de huecos, es decir, ventanas o puertas.

Pero como en toda ayuda, siempre hay "letra pequeña". Para poder obtener estas ayudas, hay que cumplir una serie de requisitos, que son:

"Las viviendas y edificios de viviendas en bloque que tengan una superficie útil inferior a 1000 m2 y que cumplan con las siguientes especificaciones técnicas:

1.   Los huecos deberán formar parte de los cerramientos a exterior de la vivienda, no siendo objeto de subvención la reforma de huecos ubicados en los cerramientos interiores.
2.   Los acristalamientos a sustituir deberán ser de vidrio simple.
3.   Las nuevas ventanas deberán contar con marcado CE.
4.   Las características térmicas de los nuevos huecos deberán ser, en función de la clasificación de poblaciones, como mínimo una de las 3 opciones que se recogen en la siguiente tabla:

POBLACIÓN
Opción 1
Opción 2
Opción 3
VIDRIO
CARPINTERÍA
VIDRIO
CARPINTERÍA
Tipo 1
Doble acristalamiento con cámara de 8 mm o superior
Metálica con rotura puente térmico superior a 4 mm, PVC o madera
Vidrio con UH,v ≤ 3,1 W/m2K
Metálico con rotura puente térmico superior a 4 mm, PVC o madera
UH ≤ 3,2 W/m2K
Tipo 2
Doble acristalamiento con cámara de 8 mm o superior y cristal interior bajo emisivo
Metálica con rotura puente térmico superior a 4 mm, PVC o madera
Vidrio con UH,v ≤ 2,6 W/m2K
Metálico con rotura puente térmico superior a 4 mm, PVC o madera
UH ≤ 2,8 W/m2K
Tipo 3
Doble acristalamiento con cámara de 9 mm o superior y cristal interior bajo emisivo
Metálica con rotura puente térmico superior a 4 mm, PVC o madera
Vidrio con UH,v ≤ 2,2 W/m2K
Metálico con rotura puente térmico superior a 4 mm, PVC o madera
UH ≤ 2,5 W/m2K
UH,v = transmitancia térmica de la parte semitransparente
UH = transmitancia térmica del hueco (vidrio + carpintería)

No se considerará actuación susceptible de ayuda:
1.   La renovación de huecos en viviendas unifamiliares y edificios de vivienda en bloque con una superficie útil igual o mayor a 1000 m2.
2.   Renovaciones de huecos que conlleven a un aumento de la superficie acristalada en más de un 25%.
3.   Los cerramientos acristalados que se coloquen con finalidad de cerrar terrazas, balcones o galerías, ya que estos suponen una modificación y no una rehabilitación térmica del edificio.
4.   La renovación de huecos interiores ubicados en cerramientos en contacto con espacios habitables.
5.   La renovación de los marcos o vidrios únicamente.
6.   La instalación de persianas, dispositivos de lamas, toldos, “films” o “screens” de protección solar.

  • Las renovaciones objeto de estas ayudas tienen que tener como destino final su instalación dentro el territorio de la Comunitat Valenciana.
  • Se considerarán sólo proyectos cuya inversión sea superior a 1.000 € I.V.A. no incluido.
  • No podrán acogerse a las presentes ayudas las inversiones realizadas con anterioridad a la fecha de inicio de la campaña."
Un dato a tener en cuenta es que estas "ayudas" son INCOMPATIBLES con las ayudas que publique la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda en el marco del Decreto 66/2009, de 15 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Plan Autonómico de Vivienda de la Comunitat Valenciana 2009-2012 y que contemplan ayudas para la rehabilitación de edificios y viviendas.

Pero lo mas importante, cual es la ayuda máxima que nos pueden conceder?
  • "La cuantía de la ayuda individual, siempre y cuando se cumplan las especificaciones técnicas exigidas en el artículo 4 es, como máximo, de 90 €/m2 para renovaciones completas de huecos (acristalamiento, marco y premarco)
  • La cuantía de la ayuda para la adquisición de los diferentes elementos (acristalamiento, marco, premarco e instalación), no podrá suponer en ningún caso una reducción del precio del mismo superior al 30% del coste del acristalamiento, marco, premarco y montaje (I.V.A. no incluido), por lo que se deberá reducir en su caso la cuantía de la ayuda hasta dicho límite.
  • Asimismo la cuantía de ayuda máxima será de 3.000 € por vivienda o edificio de viviendas en bloque en el que se sustituyan las ventanas."
Que plazo se nos da para solicitar dichas ayudas?

El plazo comenzó el día 30 de diciembre del 2010 y finalizara el 15 de junio de 2011, o en su defecto cuando se acabe el importe de las ayudas.

Donde hay que acudir para solicitar tales ayudas? Podemos ir a nuestro carpintero de confianza? Cualquier empresa instaladora puede solicitarlo? Como saberlo? El DOCV nos indica los 9 pasos a seguir:

1. Los comercios o empresas instaladoras capacitadas para ejecutar correctamente los trabajos objeto de este plan y que deseen participar en el Plan Renove de Ventanas 2010 deberán adherirse a la campaña cumpliendo los compromisos establecidos en el artículo 13 de esta resolución, mediante la entrega en la oficina de campaña de la ficha de adhesión, disponible en la página web de AVEN y en la oficina de campaña, y la documentación correspondiente.

2. Una vez el beneficiario decida llevar a cabo la renovación del hueco se pondrá en contacto con un comercio o empresa instaladora adherida a la campaña. 
La oficina de campaña podrá informarle sobre cuáles son los comercios o empresas instaladoras capacitadas o podrá consultarlo en la página web de la AVEN :
3. Previo a la renovación del hueco, el comercio o empresa instaladora adherida solicitará a la oficina de campaña un número de bono, que será único para cada renovación, facilitando los datos relativos al titular de dicha instalación y del comercio o empresa instaladora adherida. El plazo durante el cual quedará reservado dicho número de bono será de tres meses desde que se solicite (plazo en el cual deberá presentar la justificación documental exigida en el artículo 9).

4. El comercio o empresa instaladora adherida procederá a rellenar por triplicado el bono de ayudas, disponible en la página web de AVEN y en la oficina de campaña. Una vez cumplimentado correctamente,  el bono deberá ser firmado por el comprador y el comercio o empresa instaladora que haya realizado el cambio, quedándose el beneficiario con una copia como justificante de la renovación realizada. La firma del bono conllevará la autorización del beneficiario, salvo manifestación en contra, a que la AVEN obtenga directamente los datos que se recogen en el artículo 9 de la presente resolución relativos a la identificación personal y de residencia, según lo previsto en los artículos 4 y 5 del Decreto 165/2010, de 8 de octubre, del Consell.

5. A continuación se llevará a cabo la sustitución del hueco (acristalamiento, marco y premarco) por parte del comercio o empresa instaladora adherida a la campaña Plan Renove Ventanas 2010.

6. Una vez finalizada completamente la actuación objeto de ayuda (incluido el pago total de la renovación), el comercio o empresa instaladora tramitará en nombre del beneficiario la solicitud de ayuda a la AVEN. Para ello, el comercio o empresa instaladora deberá aportar a la oficina de campaña la documentación que se indica en el artículo 9, para que el beneficiario reciba la ayuda correspondiente en función de las características de la actuación realizada. Asimismo, se podrá requerir al beneficiario cualesquiera otros datos, documentos e informes complementarios que resulten necesarios para la comprobación de la actuaciónrealizada.

7. La oficina de campaña evaluará la documentación recibida y la Agencia Valenciana de la Energía emitirá resolución de concesión de ayudas según se recoge en el artículo 10.

8. La Agencia Valenciana de la Energía enviará notificación de forma individualizada a cada solicitante, informándole de la concesión o denegación de la ayuda. La comunicación de la cuantía de ayuda a conceder se notificará según lo recogido en el artículo 10.

9. Una vez notificada la ayuda, la Agencia Valenciana de la Energía realizará el pago de la ayuda que corresponda en la cuenta bancaria que el beneficiario haya indicado en la documentación presentada en el bono de ayudas según lo recogido en el artículo 11.

Así que ya sabéis, no vale cualquier comercio o empresa instaladora, SOLO AQUELLAS QUE ESTÉN ADHERIDAS A LA CAMPAÑA Y APROBADAS POR AVEN.

Para mas informacion:
http://www.planrenoveaven.es/avenWeb2010v/view/files/ResolucionPlanRenoveVentanas2010.pdf

Esperamos que este documento sea de vuestra ayuda.
www.estilvivenda.es




FELIZ 2011¡¡

Les queremos desear un FELIZ AÑO 2011¡¡ 


Que se cumplan todos los deseos, pero sobre todo, queremos desearles que tengan mucho trabajo, salud, felicidad y bienestar¡¡¡